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Qué debería pasar, según la Constitución, para que se ordene una intervención federal en Formosa (*)

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“La situación consiste en una violación sistemática por parte del poder provincial en ejercicio de derechos y garantías resguardados por la Constitución federal, afectando ineludiblemente la vida republicana en sus principios fundamentales”. Este argumento fue el fundamento con el que el presidente Néstor Kirchner envió su proyecto al Congreso, aprobado en horas. Corría el año 2004 cuando fue aprobada la ley 25.881 que disponía la intervención federal de la provincia de Santiago del Estero. De forma inmediata caducaron los mandatos de todos los miembros del Poder Ejecutivo y Legislativo provincial y se declaró en comisión a todo el Poder Judicial. Así se puso punto final al eterno juarizmo.

En las últimas semanas la provincia de Formosa ha sido noticia por varias situaciones que, gracias a las nuevas tecnologías de comunicación, han sido imposible de ocultar: el manejo de la pandemia del COVID-19 a nivel provincial dista demasiado de los estándares de respeto por los derechos y garantías individuales resguardados por la Constitución. Hace unos meses ya había sido noticia la enorme cantidad de ciudadanos formoseños impedidos de ingresar a la provincia y frenados en la frontera. Ahora fue noticia las privaciones de libertad en establecimientos escolares de ciudadanos a pesar de haber dado negativo en los tests de COVID-19. Y si hubieran dado positivo, tampoco era el lugar ni la forma. Por si faltara algo, sobre el final de la semana se conoció la detención de las concejalas Gabriela Neme y Celeste Ruiz Díaz, quienes habían denunciado a Gildo Insfrán por las condiciones inhumanas en los centros de aislamiento.

En ese sentido, algunos legisladores y figuras políticas -entre ellos, la ex diputada Elisa Carrió- comenzaron a reclamar la intervención federal. Y aquí surgen dos preguntas: qué hace falta para intervenir una provincia y por qué Formosa sí y el resto de las provincias donde se denunciaron violaciones a derechos, no.

En su artículo 6º, la Constitución Nacional determina que el Gobierno federal “interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas o reestablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por invasión de otra provincia”. Pero para que ello ocurra hay que llevar adelante un procedimiento que, en lo administrativo, parece sencillo pero que en la realidad es complejo por la cantidad de personas e intereses políticos que intervienen.

“La intervención la dicta el Congreso”, explica a Infobae el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien aclara que “el Presidente puede decretarla si el Congreso está en receso, pero debe ser refrendada por el Poder Legislativo”. En ese punto puede complicarse en cuanto a consensos, pero “para aprobar la ley de intervención no hace falta una mayoría agravada”, explica Gil Domínguez.

Hace un par de décadas, el destacado constitucionalista Miguel Ángel Ekmekdjian definió a la intervención federal como “un acto complejo, de naturaleza política, emanado del gobierno federal, por el cual se limita o suspende temporariamente y en forma coactiva la autonomía provincial”. Asimismo, el otro gran constitucionalista de la doctrina argentina, Germán Bidart Campos, remarcaba que la intervención “es el recurso extremo y el remedio tal vez más duro que se depara como garantía federal”.

Es así que el abogado constitucionalista Daniel Sabsay en diálogo con Infobae recordó que la intervención federal es una herramienta para “reestablecer la forma republicana de gobierno” en una provincia y señaló que, en relación al artículo 6º de la Constitución Nacional, “la vigencia de derechos y garantías es la base de la República”. Asimismo, el doctor Sabsay remarcó que desde la reforma constitucional de 1994, sí o sí tiene que pasar por el Congreso, por lo cual la única intervención que se dio por ley desde entonces fue la de la provincia de Santiago del Estero.

Otras intervenciones

Carlos Menem es el presidente que más provincias intervino desde el retorno de la democracia. En los primeros días de 1991 puso pie en Tucumán y finalizó el gobierno del peronista José Domato once meses antes. En su lugar designó como interventor a Julio César Aráoz.

Ese mismo 1991 también fue el turno de una Catamarca sacudida hasta los cimientos por el brutal crimen de María Soledad Morales, hecho que generó un conflicto político y social que terminó con el gobernador Ramón Saadi depuesto y Luis Prol en su lugar en calidad de interventor.

Luego vino la primera intervención a Santiago del Estero, cuando se vivió el “Santiagueñazo”, un hecho que quedó en el olvido, pero que durante 48 horas generó anarquía en la capital provincial y en la ciudad de La Banda. El disparador fue la difusión de los salarios de funcionarios en lugares donde se había interrumpido la cadena de pagos. El gobernador Carlos Mujica se fue a su casa y un joven Juan Schiaretti tomó su lugar como interventor.

La última intervención fue nuevamente en Santiago del Estero, en 2004, cuando Néstor Kirchner decidió hacer pie en la provincia por las denuncias de espionaje a opositores, abusos policiales y manipulación de la justicia para perseguir a la oposición o beneficiar al oficialismo. En diciembre de 2002, el gobernador interino Darío Moreno renunciaba luego de verse implicado en un doble feminicidio, aparentemente cometido por su hijo y otras personas. En ese entonces hasta el propio Justicialismo lo acusó de desviar la investigación y entorpecer el trabajo de la Justicia. La gobernadora Mercedes “Nina” Aragonés de Juárez se convirtió en noticia cada vez más frecuentemente por las denuncias de desvíos de fondos y las denuncias de persecución. Finalmente fue depuesta y en su lugar ingresó como interventor el ex fiscal Pablo Lanusse. Tanto Aragonés como su esposo, Carlos Juárez -quien había sido gobernador cuatro veces desde 1949 y manejaba la provincia a su antojo–-terminaron detenidos y procesados por un sinfín de hechos de corrupción y hasta de lesa humanidad.

En todas las intervenciones federales que han existido en la historia democrática existió un hilo en común: eran provincias en las que se alteraron o suprimieron el goce y el ejercicio de las declaraciones, derechos y garantías establecidos en la Constitución Nacional. Pero aquí surge la otra pregunta: por qué Formosa sí y otras no; o reformulada, por qué ahora sí y antes no.

“La falta de democratización de Formosa viene desde hace años y ningún Gobierno, ni este ni los anteriores, hicieron nada para revertirlo”, afirma Gil Domínguez y explica que la gestión de Gildo Insfrán –quien cumplió un cuarto de siglo al frente de la provincia en diciembre de 2020- “es de apariencia democrática pero esconde un régimen autócrata que tendría que ser preocupante institucionalmente desde hace tiempo”.

Sabsay, por su parte, afirmó que “sin ninguna duda” Formosa cumple los requisitos para una intervención federal: “No hay división de poderes, la Justicia es manejada por el Ejecutivo, hay maltrato a los pueblos originarios, violaciones a los derechos y garantías individuales. Pocas veces una provincia ha presentado este nivel de atropello a las instituciones”.

Nicolás Lucca

(*) Nota escrita originalmente para Infobae el 23 de enero de 2021.

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